A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguimiento a lo ordenado en auto A219/11
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Procesos de estimación y acopio de información para articulación de políticas de vivienda y generación de ingresos rurales
- Traslado informe en cumplimiento al auto A219/11 sobre restitución de tierras a víctimas del desplazamiento forzado
- Traslado informes del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural según auto A026/13
- Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se corre traslado a los Órganos de Control, a la ACNUR, al Consejo Noruego para Refugiados y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, del informe presentado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, titulado Informe de avance y resultados alcanzados en relación con el componente de tierra de conformidad con lo ordenado en el A026/13, para que presenten ante la Sala de Seguimiento, las observaciones que encuentren pertinentes en los términos del Auto 026/13 y demás consideraciones que estimen necesarias.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DISPONER que a traves de la Secretaria General de esta Corporacion se CORRA TRASLADO de los documentos relacionados en el numeral
- quinto. y
- octavo. de la parte motiva del presente auto, en medio magnetico, a la Procuraduria General de la Nacion, a la Contraloria General de la Republica, a la Defensoria del Pueblo, a la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR-, al Consejo Noruego par Refugiados -CNR-, y a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado
- Segundo. SOLICITAR a la Procuraduria General de la Nacion, a la Contraloria General de la Republica y a la Defensoria del Pueblo, para que en el marco de sus competencias constitucionales y legales, presenten ante esta Sala Especial las observaciones que encuentren pertinentes en los terminos senalados en el auto 026 de 2013 y demas consideraciones que estimen necesarias. Tal informe debera ser presentado, en medio fisico y magnetico, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 dentro de los quince (15) dias siguientes a la comunicacion de la presente providencia.
- Tercero. SOLICITAR a la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR-, al Consejo Noruego par Refugiados -CNR-, y a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado, que, si lo estiman necesario, envien sus observaciones a esta Corporacion en los terminos senalados en el auto 026 de 2013 e incorporan las demas consideraciones que estimen necesarias. Tal informe debera ser presentado, en medio fisico y magnetico, ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 dentro de los quince (15) dias siguientes a la comunicacion de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.